martes, 12 de junio de 2012

Sentencia del Tribunal Supremo sobre antigüedad


El 16 de mayo de 2012,  el Tribunal Supremo dicta sentencia ratificando el fallo de la Audiencia Nacional que da la razón al reconocimiento íntegro de antigüedad. Con ésto ha quedado desestimado el recurso de casación que interpuso Tragsatec.

La sentencia lo que confirma es que a efectos de antigüedad, debe reconocerse la duración íntegra del tiempo trabajado en Tragsatec descontando las interrupciones entre contratos. Con ésto queda derogado el Acuerdo de antigüedad existente en la empresa donde fijaba como interrupción máxima 31 días para cobrar la antigüedad.

Haciendo un poco de historia, la pelea por el reconocimiento de la antigüedad en Tragsatec ha sido de muchos años, durante este periodo hemos ido alcanzando acuerdos que han permitido mejorar pero ese no era el objetivo final, el objetivo final era el reconocimiento íntegro de la antigüedad.  Durante estos años hemos iniciado acciones como fue la recogida de firmas para entregar a la empresa, solicitando el reconocimiento de esa antigüedad, hemos iniciado a título personal demandas para que se reconociera y donde hoy han dictado sentencia favorable hace año y medio no admitieron la demanda a trámite (cosas de la justicia).

Tendremos que esperar un par de meses,  porque estamos seguros que la empresa no va a hacer un reconocimiento colectivo de la antigüedad que se adeuda y lo que quedará a l@s trabajador@s será la demanda individual basándose en la sentencia del TS una vez sea firme. En cuanto la empresa diga como va a ejecutar la sentencia os informaremos, si es que dice algo.
 
También es cierto que con esta sentencia se elimina la posibilidad de una negociación directa con la empresa para el reconocimiento colectivo de la antigüedad, que ha sido nuestra lucha intentando evitar que l@s trabajador@s tengan que demandar individualmente.

Os seguiremos informando